VIEDMA, 30 DE MARZO DE 2011
VISTO:
El Expediente Nº 137.374 -V- 08 del registro del Ministerio de Educación-
Consejo Provincial de Educación, y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo obran las actuaciones sobre Concurso de Ascenso-Cargos
Directivos convocado por Resolución Nº 1485/09;
Que por Resolución Nº 686/11 Anexo I, II y III, se aprobó el Cronograma de
Fechas y Acciones correspondiente a las instancias de Oposición del Concurso de Ascenso cargos
Directivos;
Que en la misma se omitió establecer el procedimiento a utilizar por los docentes
que son titulares en Nivel Primario, modalidad común y adulto-, de acuerdo a lo establecido en la
Resolución 140/10;
Que en la Resolución Nº 707/11, artículo 2º se establecieron los horarios en el
que se llevarán a cabo las distintas instancias del Concurso;
Que en Nivel Primario -Turno Tarde- por error de tipeo se consignó como horario
de Cierre 20,30 hs., cuando corresponde 19,30 hs;
POR ELLO, y de acuerdo a las facultades conferidas por los Artículos 84º y 86º de la Ley F 2444
EL VOCAL A CARGO DE LA PRESIDENCIA
DEL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- DETERMINAR que los aspirantes titulares en Nivel Primario en las modalidades
Común y Adulto podrán optar, al momento del examen, por resolver una u otra
situación problemática, otorgándosele el puntaje de la oposición en ambas modalidades.-
ARTICULO 2º.- ESTABLECER que la opción, ante la instancia de la resolución de las situaciones
problemáticas, deberá efectuarla al momento de la acreditación correspondiente, sin
perjuicio de que al momento de la toma de cargo durante la Asamblea de designación, pueda acceder a
una u otra modalidad.-
ARTICULO 3º.- RECTIFICAR en el artículo 2º de la Resolución 707/11, el que quedará redactado de
la siguiente manera:
Donde Dice: Debe Decir:
Cierre: 20,30 hs. Turno Tarde Nivel Primario Cierre: 19,30 hs. Turno Tarde Nivel Primario
ARTICULO 4º.- REGISTRAR, comunicar por la Secretaria General a las Delegaciones Regionales de
Educación Valle Inferior, Atlántica, Valle Medio I y II, Alto Valle Este I y II, Alto
Valle Centro I y II, Alto Valle Oeste, Andina, Andina – Sur, Sur I y II y por su intermedio a las
Supervisiones Escolares de todos los Niveles y docentes interesados, a la Junta de Clasificación para la
Enseñanza Inicial y Primaria y Media y archivar.-
RESOLUCION Nº 789