28 de abril de 2011

25 de abril de 2011

Vacantes en VIEDMA para el Concurso de Ascenso de los diferentes niveles

Nivel Inicial:
JARDIN DE INFANTES INDEPENDIENTE N° 027 Director Jardin De Infantes De Segunda
JARDIN DE INFANTES INDEPENDIENTE N° 090 Director Jardin De Infantes De Segunda
JARDIN MATERNAL N° 006 Vicedirector Jardin Maternal
JARDIN MATERNAL N° 008 Director Jard. De Infantes J. Comp. De Pri


Nivel Primaria:

ESCUELA DE EDUCACION BASICA PARA ADULTOS N° 39 Director Escuela Especial De Primera
ESCUELA EDUCACION ESPECIAL N° 007
Director Escuela Especial De Primera
Vicedirector Escuela Especial
Vicedirector Escuela Especial
ESCUELA EDUCACION ESPECIAL N° 022
Director Escuela Especial De Primera
Vicedirector Escuela Especial
ESCUELA PRIMARIA N° 261 Vicedirector Escuela Comun
ESCUELA PRIMARIA N° 276 Vicedirector Escuela Comun
ESCUELA PRIMARIA N° 319 Vicedirector Escuela Comun T
Vicedirector Escuela Comun M
ESCUELA PRIMARIA N° 355 Vicedirector Escuela Comun M


Nivel Medio:

CET N° 06 Vicedirector Secundario T
CEM N° 18 Vicedirector Secundario T
CEM N° 22 Director Secundario De Segunda T
CEM N° 80 Director Secundario De Primera T
CENS N° 08 Director Secundario De Primera N

18 de abril de 2011

INTERINATOS Y SUPLENCIAS para 2012‏

MULTIPLE N° 0 3 / 1 1 - J .C.R. I . y P.
Viedma, 14 de abril de 2011
A los
Sres. Supervisores de Nivel Inicial y Primario
Sres. Directores de Establecimientos Escolares
________________________________________


La Junta de Clasificación para la Enseñanza Inicial y Primaria se dirige a Uds. y por su intermedio a los docentes de los establecimientos escolares a su cargo, en virtud de llevarse a cabo del 01 al 31 de mayo
próximo la Inscripción Anual para cubrir Interinatos y Suplencias – Ingreso a la docencia
2012 – Períodos Febrero-Diciembre, Marzo-Noviembre y Septiembre-Mayo, atento a lo
establecido en el Calendario Escolar 2011-2012 – Resol. Nº 2760/2010.
Al respecto, encomendamos a los Sres. docentes tener en cuenta las siguientes consideraciones:

·  Solamente las Delegaciones Atlántica I (Modalidad Adultos), Sur I y II, Andina y Andina
Sur tienen períodos Febrero-Diciembre y Setiembre – Mayo. Las demás delegaciones
sólo tienen período Marzo-Noviembre.
·  No omitir especificar la Delegación y Supervisión en la que se desea desempeñar:
VALLE INFERIOR: Viedma – Gral. Conesa
ATLÁNTICA I: San Antonio Oeste
ATLÁNTICA II: Sierra Grande
VALLE MEDIO I: Choele Choel
VALLE MEDIO II: Río Colorado
ALTO VALLE ESTE I: General Roca
ALTO VALLE ESTE II: Villa Regina
ALTO VALLE OESTE: Cinco Saltos
ALTO VALLE OESTE II: Catriel
ALTO VALLE CENTRO I: Cipolletti
ALTO VALLE CENTRO II: Allen
SUR I: Ingeniero Jacobacci - Comallo
SUR II: Los Menucos – Sierra Colorada -
Maquinchao
ANDINA: San Carlos de Bariloche
ANDINA SUR: El Bolsón
·  Recordar que, atento a lo especificado en la Resol. Nº 1080/92 – TO 100/95 -
CAPITULO II - Art. 5° - Inciso a) se podrán inscribir solamente en 3 (tres) cargos
por nivel cuando el Título sea Habilitante y/o Supletorio. Si el docente selecciona más
cargos, el sistema en el cual se encuentra registrada la inscripción seleccionará
automáticamente tres cargos por orden de ingreso, omitiendo el resto sin posibilidad
de modificarse posteriormente.
·  Por lo expuesto, es importante seleccionar cargos en los cuales su título tenga
incumbencias. A tal efecto sugerimos remitirse a los Manuales de Títulos vigentes
(disponibles en todas las Supervisiones).
Por ejemplo, los títulos de Prof. para el Nivel Inicial y/o el Prof. para la Enseñanza
Primaria y sus equivalentes, no poseen incumbencias por sí solos para desempeñarse
como Maestro Especial de Música y Maestro Especial de Plástica.
·  Teniendo en cuenta que la Solicitud de Inscripción tiene carácter de “Declaración
Jurada”, el docente indefectiblemente debe Firmar la Planilla.
·  Adjuntar a la Solicitud de Inscripción, Formulario de Certificación de Servicios
debidamente conformado, especificando cargo, turno, desde (fecha de alta), hasta,
situación de revista y licencias sin goce de sueldo si las hubiere (Ej.: Art. 14º, 15º, 21º,
etc.). Esta Certificación debe ser confeccionada de acuerdo a las especificaciones
previstas en la Resol Nº 916/07 y consignando todos los cargos que posea en el
período a certificar.
En este punto es importante especificar el nombre completo del cargo y no las siglas,
especialmente en el Nivel Primario – Modalidad Especial, para no dar lugar a
confusiones: Ej. Maestro de Grupo en Discapacidad Mental – sigla: M.G.D.M., puede
interpretarse Discapacidad Mental o Discapacidad Motora, Idem con el Maestro
Integrador.
Agradeciendo dar amplia difusión a la presente, saludamos cordialmente.

Acta Paritaria (18/04)

Bajar desde aquí










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Titularizaciones por Decreto 134

Desde aquí pueden bajar las resoluciones 811/11 y 812/11 con el listado de compañerxs que han accedido a la titularización a través del Decreto 134.






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10 de abril de 2011

MMR: LA LISTA 5 UNIDAD SERÁ PROCLAMADA EL 30 DE ABRIL Y PEDRO BICHARA ASUMIRÁ COMO PRESIDENTE EL 14 DE MAYO.

La lista 5 “Unidad”, que se impuso el viernes 8 en las elecciones de la Mutual para el Magisterio Rionegrino, será proclamada el 30 de abril en Las Grutas y el 14 de mayo Pedro Bichara asumirá como Presidente de la Mutual docente.
La Junta Electoral informó que los comicios se realizaron con absoluta normalidad y, una vez escrutadas todas las mesas habilitadas en la provincia, los datos oficiales dieron como ganadora a la lista encabezada por Pedro Bichara con  1376 votos, seguida por  la Lista Arco Iris con 1347 votos. En tercer lugar quedó la Lista Blanca, con 916 sufragios.
Con un contundente triunfo en Viedma, Conesa y Catriel, donde obtuvo entre 85% y 90% de los votos y manteniendo alta adhesión en Delegaciones del Valle Medio, Maquinchao, Cinco Saltos, Villa Regina  y Roca, la Lista Unidad ganó una reñida elección.
Al respecto, Bichara afirmó: “Teniendo en cuenta la paridad que pronosticábamos, todas las adhesiones  fueron esenciales para nuestro triunfo. Por eso agradecemos  a todos/as  los socios/as que en cada rincón de la provincia confiaron en nuestro proyecto”.
“Nos queda concretar una transición ordenada y ponernos a trabajar fuertemente para concretar las propuestas que esgrimimos en nuestra campaña”, finalizó el  Presidente electo de la MMR.

10 de abril de 2011
Prensa Lista 5 Unidad

9 de abril de 2011

4 de abril de 2011

A los trabajadores les subieron el piso

La Presidenta comunicó la novedad durante una reunión con la cúpula de la CGT. Moyano calificó la medida como “muy buena”. Los solteros empezarán a pagar el impuesto a partir de salarios de 5782 pesos, mientras que los casados con dos hijos lo harán desde 7998 pesos.
 Por Sebastián Premici
El Gobierno anunció ayer la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias. Ocurrió luego de un encuentro entre la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, los ministros de Economía y Trabajo, Amado Boudou y Carlos Tomada, y la cúpula de la CGT. El camionero Hugo Moyano expresó su apoyo al aumento del 20 por ciento en las deducciones, lo que representará para el Estado un costo fiscal de 3245 millones de pesos. De esta manera, un trabajador soltero pagará Ganancias a partir de 5782 pesos de sueldo, mientras que los casados con dos hijos, desde 7998 pesos.
Según el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, a partir de ahora sólo abonará este tributo el 10,8 de los trabajadores asalariados registrados (802.400 empleados), muchos de los cuales se irán incorporando nuevamente a este tributo a medida que se reacomoden los salarios producto de las negociaciones paritarias. Las dos resoluciones sobre la actualización del tributo se publicarán en el Boletín Oficial el próximo lunes.
“Todos los años el Gobierno ha tomado medidas de este tipo para adecuar la realidad de cada trabajador y para que este impuesto tenga que ver con la distribución del ingreso”, manifestó Boudou durante la conferencia de prensa en la Casa Rosada en la que se dio a conocer la noticia. Por su parte, el líder de la CGT afirmó que “el acuerdo fue muy, pero muy bueno”. El camionero estuvo acompañado por Julio Piumato (Judiciales), Omar Viviani (Taxistas) y Juan Carlos Schmid (Dragado).
La suba del mínimo no imponible era uno de los puntos de tensión entre la CGT y el Gobierno. La central obrera había pedido una audiencia “urgente” con la mandataria para avanzar en este tema. Desde el Ejecutivo habían señalado que cualquier novedad sobre el tema ocurriría en el transcurso de las negociaciones paritarias más emblemáticas. Dos días después de esa cumbre, Moyano y Fernández de Kirchner se reunieron por la noche, donde se definió el aumento del 24 por ciento para los camioneros, una negociación testigo para muchos sindicatos. Esto ocurrió el miércoles pasado, el mismo día en que la oposición fracasó en su convocatoria de una sesión especial para modificar el piso a partir del cual se paga el Impuesto a las Ganancias.
Esta sucesión de hechos fue el preludio de la nueva reunión de ayer, donde se anunció la suba del mínimo no imponible en un 20 por ciento, y se profundizaron los gestos de acercamiento entre la CGT y el Gobierno luego de la tensión de las últimas semanas.
Según la información presentada por la AFIP, de un total de 7,4 millones de asalariados registrados, 802.475 pasarán a tributar Ganancias. En 2010, los que estaban dentro de este régimen eran 1,2 millón de asalariados, mientras que en 2001 eran 462.099, es decir un 83 por ciento menos de asalariados que en la actualidad. Sin embargo, hace diez años había 4,5 millones de trabajadores registrados, de los cuales sólo el 9,7 por ciento pagaba el tributo, mientras que ahora hay un 64 por ciento más de trabajadores registrados que hace diez años, de los cuales sólo el 10,8 por ciento paga Ganancias.
Con esta nueva modificación del tributo, los solteros comenzarán a pagar a partir de los 5782 pesos (cuando antes el piso era de 4818 pesos), mientras que para los casados con dos hijos el impuesto comenzará a regir desde los 7998 pesos (antes el piso era de 6665 pesos). La medida será retroactiva al 1º de enero. Como éste es un impuesto de base anual, los que ya pagaron los adelantos durante el primer trimestre recibirán el reintegro en los meses siguientes.
“Tienen que pagar más los que más ganan. Por eso también apostamos a un fuerte proceso de fiscalización, que es lo que nos permite seguir creciendo en la recaudación de este tributo”, manifestó Echegaray.
Lo que no se modificó en esta oportunidad –como en los últimos once años– fueron las escalas para la aplicación de las alícuotas del impuesto. Por ejemplo, un buen salario de hace once años (5000 pesos) pagaba una alícuota de entre 9 y 14 por ciento, según las deducciones, mientras que un salario en la actualidad con el mismo poder adquisitivo de entonces está tributando entre 27 y 31 por ciento. A este aumento en la carga impositiva, sin embargo, hay que restarle la eliminación de la llamada “tablita de Machinea”, que reducía significativamente el nivel de deducciones permitidas.
La reunión entre el Ejecutivo y la cúpula de la CGT duró una hora y media. Además de Ganancias, los sindicalistas plantearon la necesidad de un nuevo incremento en las asignaciones familiares, como así también el pago de una deuda de 9000 millones de pesos que le reclaman al Estado para las obras sociales.


Fuente: Página 12

Concurso directivo. Resolución 789-11

VIEDMA, 30 DE MARZO DE 2011
                   VISTO: 
                                 El Expediente Nº 137.374 -V- 08 del registro del Ministerio de Educación-  
Consejo Provincial de Educación,     y 

CONSIDERANDO:
                                 Que en el mismo obran las actuaciones sobre Concurso de Ascenso-Cargos
Directivos convocado por Resolución Nº 1485/09;

                                 Que por Resolución Nº 686/11 Anexo I, II y III, se aprobó el Cronograma de
Fechas y Acciones correspondiente a las instancias   de Oposición del Concurso de Ascenso cargos
Directivos;
                                 Que en la misma se omitió establecer el procedimiento a utilizar por los docentes
que son titulares en Nivel Primario, modalidad común y adulto-, de acuerdo a lo establecido en la
Resolución 140/10;
                                 Que en la Resolución Nº 707/11, artículo 2º se establecieron los horarios en  el
que se llevarán a cabo las distintas instancias del Concurso;

                                 Que en Nivel Primario -Turno Tarde- por error de tipeo se consignó como horario
de Cierre 20,30 hs., cuando corresponde 19,30 hs;

POR ELLO, y  de  acuerdo  a  las facultades conferidas por los Artículos 84º y 86º de la Ley F 2444


EL VOCAL A CARGO DE LA PRESIDENCIA
DEL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E

ARTICULO 1º.- DETERMINAR que  los aspirantes  titulares  en  Nivel  Primario  en las modalidades
                            Común y Adulto podrán optar, al momento del examen, por resolver una u otra
situación problemática, otorgándosele el puntaje de la oposición en ambas modalidades.-

ARTICULO 2º.- ESTABLECER que la opción,  ante  la  instancia  de  la  resolución de las situaciones 
                           problemáticas, deberá efectuarla al momento de la acreditación correspondiente, sin
perjuicio de que al momento de la toma de cargo durante la Asamblea de designación, pueda acceder a
una u otra modalidad.-

ARTICULO 3º.- RECTIFICAR en el artículo 2º de la Resolución 707/11, el que quedará redactado de
                            la siguiente manera:
Donde Dice:                                                                  Debe Decir:
Cierre: 20,30 hs.   Turno Tarde   Nivel Primario          Cierre: 19,30 hs.   Turno Tarde   Nivel Primario

ARTICULO 4º.- REGISTRAR, comunicar por la Secretaria General a las Delegaciones Regionales de 
                            Educación Valle Inferior, Atlántica, Valle Medio I y II, Alto Valle Este I y II, Alto
Valle Centro I y II, Alto Valle Oeste, Andina, Andina – Sur, Sur I y II y por su intermedio a las
Supervisiones Escolares de todos los Niveles y docentes interesados, a la Junta de Clasificación para la
Enseñanza Inicial y Primaria y Media y archivar.-


RESOLUCION Nº  789